lunes, 10 de junio de 2013

¿QUÉ ES LA CIUDADANÍA?





La ciudadanía implica elementos tanto políticos como jurídicos y éticos; factores por los cuales entraña un rasgo de dignidad moral: un ciudadano es alguien digno de poseer derechos en una comunidad determinada. Este rasgo ético-moral de la ciudadanía se constituye como parte inalienable de la identidad de la persona, en tanto implica un sentido de pertenencia a un todo mayor en el cual se es oído, se es visto, se es reconocido. Por otra parte, el ciudadano se encuentra por su condición de tal, impelido a ver, oír y reconocer a los demás como a sus iguales.


En la democracia ateniense era ciudadano todo varón libre, mayor de dieciséis años y descendiente de atenienses que participaba en los asuntos públicos.
La ciudadanía definía, en Atenas, al hombre: al ser un“animal político”, ser ciudadano era casi sinónimo de ser humano. Los ciudadanos eran participantes libres e iguales en un orden político cuyas leyes obedecían y dictaban ellos mismos.


Si bien durante la época de dominio del Imperio Romano se mantuvo la relación entre ciudadanía y derechos políticos, la inmediata relación entre ser un ciudadano y dictar las leyes se desdibujó hasta dejar por completo de ser inmediata. Puede decirse que en Roma la ciudadanía era clasificatoria: todos los ciudadanos tenían derechos políticos, pero no los mismos. Un caballero tenía muchos más derechos que un plebeyo, sin que esto significara que el primero fuera ciudadano y el segundono.


Con la Revolución Francesa y el ascenso de la democracia liberal, a fines del siglo XVlll, la ciudadanía volvió, al menos en el imaginario social, a relacionarse inmediatamente con la plenitud de los derechos políticos. En esta nueva época, escuela y ciudadanía aparecieron entrelazadas, ya que uno de los objetivos primarios de la escuela era educar al hombre para ser un buen ciudadano. No obstante, la participación en la esfera pública no significó igualdad social: los ciudadanos deliberaban como si fueran iguales, pero debían para ello “poner entre paréntesis” sus diferencias económicas, que eran tratadas como diferencias secundarias. Había ciudadanos ricos y ciudadanos pobres, pero se suponía que todos compartían “los mismos derechos políticos”. Esto, desde ya, era sólo teóricamente cierto, ya que las diferencias económicas redundaban en diferencias de poder, que rápidamente se acumulaba en manos de quienes poseían los recursos económicos suficientes como para torcer a su favor la voluntad de los demás. Pero, por lo menos desde un punto de vista conceptual, la ciudadanía se identificaba con la capacidad de exigir respeto por los propios derechos políticos.


El hecho de que la pertenencia a una comunidad implique tanto el ser visto como el ver, el ser oído como el oír y el ser reconocido como el reconocer, nos revela un doble carácter de la ciudadanía. Este concepto puede ser entendido desde un punto de vista extensivo, en tanto es por medio de la inclusión en un todo mayor como las capacidades humanas se potencian configurando un espacio público; pero, por otra parte, puede ser entendido de un modo restrictivo, en tanto marca que cada poder está limitado por poderes que se le pueden contraponer con igual derecho. Desde un punto de vista extensivo, el concepto de ciudadanía permite la inclusión cada vez más abarcativa de ámbitos y modos de participación; desde el punto de vista restrictivo, la defensa contra todo poder destructor del espacio público.
En síntesis: el ejercicio de la ciudadanía es una práctica ético–política, y en tanto ético-política es jurídica. La ciudadanía no consiste en una práctica orientada en función de objetivos específicos cuyo logro ponga fin al compromiso del hombre con la comunidad, por el contrario es la fuerza que mantiene viva a la sociedad misma como tal.

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